UNICO: SIN LUGAR la solicitud de Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones de los Arts. 236, 237 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuere impuesta al acusado ciudadano: ROBINSON JESUS ESCALONA MULLER, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 18.915.253, en fecha 25-05-2012, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 458 y 277 ambos del Código Penal, por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado, con ocasión de celebrarse la correspondiente Audiencia de Presentación de Imputado. En consecuencia se mantiene en vigor tal Medida Cautelar en idénticas condiciones a como fue impuesta. Publíquese. Cúmplase.
JUEZA SEGUNDA DE JUICIO
ABG. SARA BETANCOURT GUTIERREZ .....