Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley con fundamento en los artículo 64, ultimo aparte, 532, 330 ordinales 3° y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Fiscal Undécima del Ministerio Público DR. LIRIO GARCIA, por la comisión del delito de Emisión de agentes sónica en cantidades capaces de deteriorar o contaminar la atmósfera o el aire en contravención a las normas técnicas que rigen la materia, previsto y sancionado en el Artículo 44 de la LEY PENAL DEL AMBIENTE, la cual riela inserta a los folios Uno (01) al Cuatro (04) de la presenta causa. SEGUNDO: Admite Igualmente los medios de pruebas ofertados por el Ministerio Público por ser estos útiles, necesario lícitos y pertinentes, los cuales cursan insertos en los .....