ACUERDA: PRIMERO: de conformidad con lo establecido en los artículos 631, literal ¿n¿, y 647 literal ¿d¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se autoriza al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a ser traslado a la Entidad Bancaria que funciona en el INCE, para efectuar el cobro de la Beca, correspondiente por el curso que realiza por la Misión Vuelvan Caras, correspondiente al mes de Julio del presente año. SEGUNDO: El traslado deberá ser realizado por un carro de la Institución y estará bajo la responsabilidad de la tutora Licenciada Diosmara de Rojas. TERCERO: notifíquese de la presente decisión al solicitante, al Fiscal Octavo y a la Defensa Pública. Es todo. Cúmplase.-