Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, del presente expediente, en fecha 11-02-2004, en contra del Penado: VICTOR OMAR PEREZ LUNA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.512.030, residenciado en la Urb. El Merecure, calle 11, casa N° 04 del Municipio Biruaca Estado Apure, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal y el articulo 278 ejusdem, mediante el cual se impuso la pena de: Cinco (05) AÑOS y Cuatro (04) MESES DE PRESIDIO.
Tiempo Detenido: desde 17-12-2003 hasta la presente fecha
Tiempo cumplido: UN (01) Año, Ocho (08) Meses y Nueve (09) días
Tiempo por Cumplir: Tres (03) años, Siete (07) Meses y Veintiún (21) Días
BENEFICIO: Por cuanto en sentencia emitida el 08 de Abril del 2005, la Sala Constitucional del.....