Por recibida y vista la diligencia inserta al folio 43 del Cuaderno Principal, mediante la cual DESISTEN de la acción y del procedimiento en el presente juicio, suscrita por la Abogada ELVIA MATUTE PEREZ, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante y el ciudadano SGTO/2do (FAP) HÉCTOR JOSÉ LAYA CASTILLO parte demandada; désele entrada y admítanse cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicho DESISTIMIENTO, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; se da por terminado el presente juicio y se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca, a los fines de dejar sin efecto la Medida Provisional de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 04-06-2.008. Igualmente como es solicitado por la Apoderada de la parte actora, se ordena expedir copia simple de dicha diligencia y del presente auto de H.....