En este estado la Ciudadana juez, oído el pedimento relativo a la aceptación de la representación solicitada, procede a escuchar a la ciudadana DORIS MARLENI CARMONA YUSTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.857.642; de este domicilio, quien expuso: "Acepto representar por ante la unidad Educativa "Escuela Técnica Juan Pablo Pérez Alfonzo (ETI) de esta localidad de Guasdualito, o ante cualquier institución educativa a la adolescente (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA), tomando en cuenta que desde hace varios años he venido ejerciendo tal representación. Es todo". En este estado no habiendo prueba alguna que incorporar se retira de la audiencia por sesenta (60) minutos, a la ciudadana Jueza, a los fines de emitir su pronunciamiento. Transcurrido el lapso antes mencionado, este TRIBUNAL procede a dictaminar su fallo bajo el siguiente dispositivo: Este Tribunal Primero De Primera Instancia de Medi.....