PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 03 de abril del 2009, interpuesta por el abogado ERICK JOSE MARTINEZ CERRADA, identificado en autos, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante.
SEGUNDO: Confirmada la sentencia de fecha 31 de Marzo de 2009, dictada por el Tribunal de la causa, por la cual Revoco por contrario imperio el auto de fecha 17 de marzo del 2009, que corre inserto al folio 51, debiendo continuar la causa su curso legal.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.