ESTE JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: "PARCIALMENTE CON LUGAR" SOLICITUD DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN a favor de la niña ANYIS ORIANA HERNANDEZ CONTRERAS, hija de los ciudadanos OSCAR ADELSO HERNANDEZ INFANTE Y ANYI JOSEFINA CONTRERA.
SEGUNDO: Se fija el monto DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de TRECIENTOS BOLIVARES (300,00 Bs.) Mensuales, los cuales deberá cumplir el obligado los primero cinco (05) días del mes, a partir del mes de Noviembre del presente año 2.011 y así se declara.
TERCERO: Se fijan los bonos especiales de Agosto y Diciembre respectivamente, en la cantidad adicional de SEISCIENTOS BOLIVARES (600,00 Bs.), en el mes de Agosto como bono escolar y la cantidad adicional de SEISCIENTOS BOLIVARES (600,00 Bs.), en el mes de Diciembre como bono navideño. ASI SE DECLARA.-
CUARTO: En relación a los gastos de me.....