Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Admite contentivo de el Recurso Contencioso Administrativo (Vía de Hecho), ejercido por la ciudadana Elisabeth Luna, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.192.784, debidamente asistida por los abogados María Gabriela González y Ruffo Graciano Bolívar, titulares de la cédula de identidad N°. V-14.521.178 y N°. V-5.359.195 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nº 284.023 y Nº 135.312 contra La Gobernación del Estado Apure (Cuerpo de Protección Civil y Administración de Desastre del Estado Apure).