III
DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la presente acción de DESALOJO, intentada por la ciudadana BEATRIZ RAMONA LÓPEZ DE VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.414.540, y de este domicilio, actuando con el carácter de co-heredera del causante JESÚS ANTONIO VARGAS PETIT, asistida de abogado, en contra del ciudadano FRANCISCO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.361.424 y de este domicilio.
Segundo: En consecuencia, se condena al demandado FRANCISCO PEÑA, a desalojar y entregar a la ciudadana BEATRIZ RAMONA LÓPEZ DE VARGAS el inmueble ubicado en la planta alta de un inmueble de su propiedad, situado en la C.....