DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud de realizar presentaciones ante la Coordinación Zonal, mientras le proceda el beneficio de la Libertad Condicional, planteado por el Penado: EULER JAVIER NARVÁEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.753.356, relacionado con la causa 2E-524-06, todo ello de conformidad a lo establecido en el Artículo 68 de la Ley de Régimen Penitenciario.
SEGUNDO: En virtud de que al referido penado le corresponde la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, como lo es, el Régimen Abierto, se realizarán los trámites respectivos para el otorgamiento del mismo.
Remítase copia de la decisión al director del internado Judicial, Notifíquese a las partes. Ofíciese .....