DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la acusación penal (querella) intentada por los ciudadanos Greysi Melissa Bolívar y Cipriano Antonio Contreras, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nº: 16.527.180 y 4.671.457, domiciliados procesalmente en la Avenida Miranda, Edificio Trinacria, Primer piso, Oficina 7 de esta ciudad, asistidos actualmente por el Abogado Wilmer Quintana, en contra del ciudadano Iván Antonio Rivas Farfán, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.671.953, por el delito de Daños a la Propiedad, previsto y sancionado en el Artículo 473 único aparte numeral 6 del Código Penal, como consecuencia lógica de la incomparecencia injustifica al juicio y por la conducta reiterada y observada en.....