En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, DECLARA:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana NEYDA JOSEFINA GUTIERREZ ROJAS, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 13.256.657, a favor del niño cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, debidamente asistidos por el Abogado ERNESTO LUIS BOCANEY ORIBIO, Defensor Publico Segundo, para el Sistema de Protección, adscrito a la Defensa Publica del Estado Apure, contra el ciudadano ISRAEL ANTONIO VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.759.325.