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Decisiones del dia 27/03/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1E420-08 N° Sentencia : 420 Fecha: 27/03/2008
Procedimiento:
Auto De Ejecucion De Pena
Partes:
PENADO CALLE RAMÍREZ HÉCTOR ADRIAN, FISCAL III DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. JOSÉ LUIS QUIÑONES, DEFENSOR PRIVADO
Resumen:
se acuerda: Primero: Practicar cómputo de pena conforme lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en el que se determine el tiempo cumplido y que falta por cumplir. Segundo: Remítase Copia certificada de la sentencia a la División de Antecedentes Penales, y al Consejo Nacional Electoral. Tercero: Se ordena oficiar a la Comisaría Policial No. 2, de esta localidad a fin de que traslade a la penada al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guasdualito para que le sea efectuada la reseña de ley, en virtud de que se encuentra recluida en ese recinto policial, se anexa boleta de traslado. Igualmente se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guasdualito a los fines de que efectúen reseña de ley a la penada. Cuarto: Se acuerda fijar para el día Viernes 28 de Marzo del 2008, a las 10:00 horas de la Mañana, para la imposición del Cómputo de Ejecución de la Pena. Qui.....
Juez/Ponente:
Miguel Jesús Padilla Bazo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : 1E420-08 N° Sentencia : 420 Fecha: 27/03/2008
Procedimiento:
Auto De Ejecución
Partes:
CALLE RAMÍREZ HÉCTOR ADRIAN, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. 17.997.949
Resumen:
PENA IMPUESTA: Tres (03) años de prisión, más accesorias de ley. DETENIDO DESDE: El 05 de Enero del 2.008. PENA CUMPLIDA: Dos (02) meses, veintidós (22) días PENA POR CUMPLIR: Dos (02) años, nueve (09) meses, ocho (08) días. Le es procedente el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, una vez cumplidos con los requisitos establecidos en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese del presente cómputo al Ministerio Público, al penado y su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación. EL JUEZ DE EJECUCIÓN, ABG. MIGUEL PADILLA BAZÓ LA SECRETARIA, ABG. LEDYS ROMERO. Causa: 1E420/08 MPB/LR/lucy.-
Juez/Ponente:
Miguel Jesús Padilla Bazo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
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