De manera que, visto el Desistimiento del Procedimiento realizado por el apoderado judicial Abogado Henry Moreno del demandante de autos José Gregorio González, en los términos planteados, y por cuanto el mismo versa sobre derechos disponibles, se acuerda el Desistimiento del Procedimiento del juicio de Cobro de Prestaciones Sociales; en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Apure, le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente.