DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la solicitud de Desestimación de la Denuncia que en fecha: 05-03-09 interpusiera la ciudadana: Yerseida Yamileth Martinez Rodríguez, titular de la cedula de Identidada personal n° v- 18.727.528, ante la FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO DE ESTA CICUNSCRIPCION JUDICIAL, tramitada posteriormente ante el despacho que solicita, fundada en la presunta comisión del delito contra la Propiedad proferidas en su contra; en consecuencia se entiende Desestimada la misma conforme a las previsiones del aparte único del Art. 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Publíquese. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY