DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: Primero: se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo, 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano ANDRY RAMÓN GARCÍA BOLÍVAR, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.395.731, natural de la ciudad de San Fernando del Estado Apure, nacido en fecha 15-11-1984, de 28 años de edad, estado civil soltero,, Profesión u Oficio Obrero, residenciado en el Barrio "Las Marías", Calle Circunvalación , casa Nº 03, de la ciudad de San Fernando del Estado Apure, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado.....