A los fines de decidir la competencia que tiene este Tribunal para conocer de la presente causa, corresponde a esta Juzgadora la determinación de si el accionante ANTONIO TOVAR ZAPATA, plenamente identificado en autos, es una funcionario público o no, y el régimen jurídico que le es aplicable, Ley Orgánica del Trabajo o la Ley del Estatuto de la Función Pública.
No obstante, el artículo 61 la Ley Orgánica de Administración del Estado Apure, señala que:
"Los comisarios de policías tiene a su cargo la conservación del orden y la seguridad pública dentro de los límites de su Jurisdicción. Son de la libre elección y remoción del Jefe Civil de la Parroquia"(negrilla del tribunal).
Indudablemente que, de la norma anteriormente transcrita se evidencia el carácter de funcionario público de libre nombramiento y remoción del demandante ANTONIO TOVAR ZAPATA, por cuanto, dicha relación jurídica tiene una base estatutaria, es decir, una base reglamentaria, en la cual la situación del.....