En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 13-10-2015 por el ciudadano Abg. Jesús Alberto Colmenares García, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana Virginia Josefina Ramos Carranza, contra la decisión dictada el 27-1-2014, y publicado su texto íntegro el 28-5-2015, por la Jueza 1ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Abg. Yuli Teresa Bali Arvelo, mediante la cual declaró Culpable a la ciudadana Virginia Josefina Ramos Carranza, a cumplir la pena de un (01) año de prisión por la comisión del delito de Usurpación de Linderos, previsto y sancionado en el artículo 471 del Código Penal.
SEGUNDO: Se Confirma.....