Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación, presentado por el abogado Abelardo Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-12.229.658, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 74.441, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Erika María Rodrigo Valero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.107.086, parte demandante.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación, intentado por el abogado Abelardo Ramírez, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 74.441, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Erika María Rodrigo Valero, plenamente identificada, parte demandante, dic.....