DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: La aprehensión del imputado ARRIETA RIVERO ASDRÚBAL DE JESÚS, en estado de Flagrancia; por parte de los funcionarios adscritos al Comando Regional N° 6, Destacamento N° 68 de la Guardia Nacional, Segunda Compañía, Comando de Achaguas, de este Estado Apure; de conformidad a las previsiones en el numeral 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia a lo dispuesto en el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Proseguir la presente investigación penal, por el Procedimiento Ordinario, todo ello de conformidad a las previsiones del Encabezamiento del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: CON LUGAR las Medidas Cautelares Sustitutivas de Pri.....