En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de Revisión de Medida interpuesta por el defensor privado abogado: FERNANDO ANTONIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 28.029.126, Natural de Cararabo, Municipio Pedro Camejo del estado Apure, nacido en fecha 27-01-1970, profesión u oficio Agricultor, Residenciado en el Sector Carrizalito a la Orilla del Río Cinaruco, Fundo Carrizalito a diez (10) metros de la Alcabala de la Guardia Nacional, Municipio Pedro Camejo del estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, PROSTITUCIÓN FORZADA Y TRATA DE MUJERES, NIÑAS .....