PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 30 de marzo de 2006, interpuesta por la ciudadana CELINA ALAS DE PEREZ, parte co-demandada, debidamente asistida por el abogado MIGUEL CORTEZ, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Con Lugar la presente demanda por Querella Interdictal por Despojo, intentada por el ciudadano JOSE FELIX PEREZ, en contra de los ciudadanos WILLIAMS JOSE PEREZ y CELINDA ALAS DE PEREZ, suficientemente identificados en los autos. En consecuencia, se ordena a la parte demandada, ciudadanos WILLIAMS JOSE PEREZ y CELINDA ALAS DE PEREZ, a restituirle la posesión del inmueble objeto de la presente querella constituido por un lote de terreno descrito en la parte motiva de este fallo.
TERCERO: Confirmada la sentencia de fecha 28 de marzo de 2006, dictada por el Tribunal de la causa, por la cual declaró CON LUGAR la presente QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO interpuesta por el ciudadano JOSÉ FÉLIX PÉREZ, venezolano, mayor de edad, t.....