DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA Perención De La Instancia en el presente juicio de Desalojo incoado por el Abogado Eugenio José Crisostomi Cagnoni, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Nicola Diaferia Mangione contra la Firma Mercantil Construcciones 3Mia C. A., en la persona de su representante legal, ciudadano Manuel Betancourt, y así se decide. Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión por cuanto el demandado de autos no había sido citado. Igualmente se ordena levantar la medida de embargo preventivo decretada mediante auto de fecha 04 de Julio de 2008, una vez firme la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisi.....