TERCERO: MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por estar llenos lo supuestos de los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de la precalificación presentada se presume la comisión de un hecho punible que no esta prescrito, por estar latente el peligro de fuga a razón de la pena a aplicar.
CUARTO: Librese BOLETA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado BERMUDEZ CHAMORRA WILMER JOSE, Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.792.568, nacido en fecha 07-10-1.979, de 28 años de edad, soltero, y Residenciado en la Urbanización las Avionetas, Calle Nº 2, Casa Nº 10 de esta Ciudad de San Fernando de Apure, y en el Municipio Arismendi también tiene como direccion Calle Palaza, Casa Nº 18, frente a la plaza., quien quedara en la Comandancia General de las Policia de esta Ciudad de San Fernando Estado Apure.