Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados Carmen Alejandrina Díaz de Márquez y Wilfredo Chompre Lamuño Roger, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V-8.162.626 y V-4.669.093, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 191.750 y 34.179, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante-apelante ciudadana Paulova Antonieta Márquez Díaz, en contra de la sentencia definitiva, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Apure, de fecha 29 de noviembre de 2021.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se RATIFICA la sentencia definitiva, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circun.....