PRIMERO: La nulidad de lo actuado con la consecuente reposición de la causa al estado de que en la Primera Instancia se otorgue al demandado ciudadano FREDDY OCTAVIO RUIZ RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº.V.15.924.510, la oportunidad de un proceso justo, de la forma indicada en la parte motiva de este fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el carácter eminentemente especial de la materia.
TERCERO: Por haber salido la sentencia fuera del lapso previsto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda notificar a las partes, comisionando para ello al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Guasdualito.