Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, Acta de Defunción certificada, Actas de Matrimonio Certificada y Acta de Nacimiento Certificada, y las copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad, todos los anexos cursantes desde los folios 2 hasta 7 del presente expediente, sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus: JOSE DE JESUS JUAREZ GUTIERREZ, suficientemente identificado, los ciudadanos: JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y MARCO ANTONIO JUÁREZ FLORES, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: JUNIEL JOSE, JHOAXI MAIKEL, JHOBAIL MAIKEL, JETSY MARIA JUÁREZ RAMOS y MARCO ANTONIO JUÁREZ .....