DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Declara no ha lugar el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo, interpuesto por el Abogado Gerald Almeida, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en contra de la decisión emanada en acto de Audiencia de Presentación de Imputado, por el Juez del Tribunal 2º de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. José Antonio Méndez Laprea, en fecha 13 de noviembre del 2019, mediante la cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, a favor de los ciudadanos Jonathan José Rojas Escorche y Luís Pedro.....