...en concordancia con lo dispuesto en el artículo 392 Eiusdem, y de las circunstancias especiales narradas e insertas en las actas del presente procedimiento y cumplidos como han sido los trámites de la misma, este Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR, solicitada por la ciudadana Rhina del Carmen Guevara Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.188.416, de este domiciliado, con el carácter de madre y representante del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolano, de diez (10) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.423.524, de mi mismo domicilio, en la Aerolínea.....