este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas delos Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure: SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA, para conocer de la presente causa de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo del año 2023, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que la Incompetencia por el valor (cuantía) puede declararse aún de oficio, en cualquier momento del Juicio en Primera Instancia, y quien aquí analiza considera que el competente para conocer de la presente demanda es un Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Remítase expediente al Juzgado Distribuidor respectivo debidamente foliado, una vez transcurrido el lapso previsto en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.