En virtud de las consideraciones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión interpuesta el 16 de Marzo de 2015 por el ciudadano RICHARD YOEL DUQUE MEDINA, debidamente asistido por la Abg. MARIA ROSARIO PAOLINI DE PALM, contra la decisión mediante la cual el 4 de Marzo de 2015, el Juez de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. OMAR JOSE ARCHILA MATUTE, Negó la solicitud que hiciera el 27 de Febrero de 2015 para la entrega de un vehículo cuya propiedad fue reclamada por el antes mencionado ciudadano. SEGUNDO: Ordena al A quo dictar pronunciamiento formal sobre el comiso del vehículo cuya propiedad fue reclamada po.....