1°) CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado JOSGRE A. HERNANDÉZ PÉREZ en contra de la sentencia de fecha 27 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito, de Trabajo, de Estabilidad Laboral y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, sede Guasdualito, que declaró con lugar el amparo constitucional incoado por el ciudadano JOSÉ ANDRADE y Otros en contra del INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES.
2°) Se REVOCA la sentencia dictada por el aquo en virtud de ser incompetente para conocer de la acción planteada.