DECISIÓN
En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga el beneficio de Destacamento de Trabajo a la penada: EVA GEORGINA DIAMOND DE SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nro. 9.599.252, nacido el 09-09-63, de 42 años de edad, casada, del hogar, residenciado en el Barrio de la Defensa, Calle Principal casa S/N, San Fernando de Apure, Estado Apure, de conformidad a las previsiones de los artículos 66 y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia el referido penado prestará sus servicios como DOMESTICA en la casa de familia, propiedad del ciudadano: LARA REYES LISANDRO, titular de la cédula de identidad Nro. 8.260.924, ubicado en el Barrio La Defensa N° 24, de San Fernando de Apure; en un horario comprendido de lunes a sábado, De 8:00 a.m a 6:00 pm.
Igualmente se impo.....