DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE LA SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA POR SER IMPOSIBLE SU EJECUCIÒN al adolescente iuris Identidad Omitida conforme a lo establecido en la segunda parte del articulo 65 de L.O.P.N.A, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 646 y 647 literales "h" e "i" de La Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al adolescente en referencia. Publíquese, regístrese y diarícese. Cúmplase.
LA JUEZA.
Abg. MARIA LUCRECIA BUSTOS.
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