Seguidamente la ciudadana Jueza expone: vista la imposibilidad de la comparecencia de la experta LUCELIA BRICEÑO, promovida por el Ministerio Público, a pesar de los esfuerzos realizados por este Tribunal para que la misma compareciera por ser parte importante para el reconocimiento y firma de la experticia de comparación de ADN de fecha 17-05-2013, y la misma no fue posible, así como consta a los folios 746, acta de llamada de fecha 25-10-2013 al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Caracas, al número de fax descrito en la presente acta, donde se le comunica y se remite vía fax las boletas de citación a la Licenciada up supra. Así mismo consta al presente expediente, acta de llamada de fecha 28 de octubre (folio 751), donde se le informa a este Tribunal que dicha ciudadana se encuentra en la ciudad de Montevideo, Uruguay, debiendo regresar dentro de quince (15) días a Venezuela. Siendo así, este Tribunal acuerda de conformidad al articulo 33.....