es por lo que éste Tribunal considera pertinente ORDENAR el traslado del acusado URREA GAMBOA NOE, colombiano, titular de la cédula de ciudadanía, Nº 3.072.953,desde la Comisaría Policial Nº 02, de Guasdualito Estado Apure, hasta el Hospital Central de San Cristóbal, Estado Táchira, y Centro de Diagnostico Integral inmediatamente, por cuanto presenta quebrantos de salud, a objeto de realizarle los siguientes chequeos médicos: Chequeo en dos piezas dentales por presentar fuertes dolores en las mismas; sacar RX en la pierna que tiene fracturada (C.D.I.) y necesita ser chequeado por un médico de medicina general ya que presenta inflamación en su pierna derecha. Una vez realizada dicha consulta, deberá ser trasladado por los efectivos, hasta su centro de reclusión que es la Comisaría Policial Nº 02, en Guasdualito Estado Apure. Todo con fundamento en los artículos 19 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Boleta de Traslado, oficios y Boletas de Notif.....