Es por todo los razonamientos antes expuestos que este TRIBUNAL MIXTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal Estado Apure Extensión Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ABSUELVE al ciudadano DARIO ELIÉCER LANDAETA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-12.321.874, nacido en fecha 13/02/1974, en Achaguas, Estado Apure, de ocupación ayudante de carnicería, residenciado en la calle negro primero Nro. 45-39, Achaguas, Estado Apure de la comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, cometido en perjuicio de Nelson Urbano, por el cual fue acusado por el Estado Venezolano en la persona del Fiscal III del Ministerio Pùblico. Se exonera en costas al Estado Venezolano por cuanto la acusación no fue temeraria y por ser la justicia gratuita de conformidad con lo establecido en los.....