"Vista la incomparecencia del acusado en la causa así como de las victimas ciudadanos: LAMUÑO JUAN NICOMEDES, LAMUÑO NORATO JHONNY EUCLIDES y JHONNY HUMBERTO GARCIA GALLARDO, siendo la presencia de los mismos indispensable para la celebración del juicio oral y privado, es por lo que se acuerda diferirlo para el día 27 de Mayo de 2008 a las 9:30 a.m. Quedan notificadas las partes asistentes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescente. Notifíquese a los ausentes. Líbrese lo conducente. Es todo, terminó, se leyó conformes firman:
LA JUEZ,
Dra. ZULEIMA ZARATE LAPREA
LOS ESCABINOS
MAYRA SURISMAR CASTILLO (TITULAR 1)
WILLY ALEXANDER GUERRERO (TITULAR 2)
MILDRE MAYEKI LUNA (SUPLENTE),
LA FISCAL OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO
DRA. MILANYELA HERNANDEZ
LA DE.....