DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Cumplimiento de obligación alimentaria incoada por la ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA), contra el ciudadano, (IDENTIDAD OMITIDA) ambos plenamente identificados y a favor de sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA),. En consecuencia, el obligado deberá cumplir de la siguiente manera. PUNTO UNICO: Depositar la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (700 Bs.) correspondiente a la diferencia de los meses insolutos de Enero, Febrero y Marzo del año 2008.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada en el copiador de sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Todo lo antes Expuesto, se declara con fundamento a lo .....