En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL a la TRANSACCIÓN JUDICIAL presentada en el presente juicio de NULIDAD DE VENTA instaurado por el ciudadano TITO JOSE LEON contra el ciudadano HENRY DE JESUS SIMANCA SIMANCA, para que surta el efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1713 del Código Civil Venezolano. Se declara concluido el presente juicio.
Se ordena expedir Dos (2) copias fotostáticas certificadas por Secretaría de la presente Homologación, todo de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1° de la Ley de Sellos.
Se levanta la medida PREVEN.....