se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 313 ejusdem, causa seguida al ciudadano DARWIN RAMON NUÑEZ, V-24.540.923; por considerarlo autor y responsable de la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal; cometido en perjuicio de la ciudadana MARISELA DEL CARMEN MARTINEZ.
Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, del imputado de autos, impuesta por esta Instancia en fecha 20-022014, dejándose constancia que el imputado de autos se encuentra detenido en la sede del INTERNADO JUDICIAL de esta ciudad a la orden de este Tribunal tercero de Control por la medida dictada en la causa numero 3C-17.979-15. Como consecuencia de la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO se declara CONCLUIDA LA FASE INTERMEDIA y se emplaza a las partes para que en el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento concurran ante el Juez de Juicio y se instruye a la ciudada.....