ÚNICO: Se declara CULPABLE a los ciudadanos JOSÉ GREGORIO TIRADO ARAUJO Y JOEL SMITH MURO GUTIÉRREZ, antes identificados, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455, ordinal 4° del Código Penal Venezolano, y en consecuencia se condena a cumplir la cantidad de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que al efecto fije el Juez de Ejecución a que corresponda.
Publíquese, regístrese y déjese copia. Quedan notificadas las partes.