Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
ACUERDA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: CRISTOBAL BENJAMIN ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad Nº V 11.241.646, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las victima ciudadana CORREA CEBALLOS YALITZA JOSEFINA, por el lapso de un (01) año, con las siguientes condiciones:
1° Presentaciones cada SESENTA (60) DÍAS ante el Área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Apure.
2º La prohibición expresa al ciudadano CRISTOBAL BENJAMIN ZAPATA, de agredir física o verbalmente a la victima Ciudadana CORREA CEBALLOS YALITZA J.....