De los hechos expuestos por la parte demandante en su escrito de demanda y los fundamentos de derecho aplicables y dado que a la parte demandada no dio contestación a la Demanda, teniéndose como ciertos los referidos hechos y no habiéndose demostrado lo contrario durante el debate probatorio, es por ello que este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, incoada por la Abogada: BEATRIZ CEBALLOS DE DUGARTE, suficientemente identificada en autos, en su condición de endosataria en procuración de la Ciudadana: MAGNOLIA CONTRERAS, igualmente identificada, contra el Ciudadano: MOISES BRICEÑO, igualmente identificado en auto, en consecuencia se condena a la parte demandada perdidosa a pagar a la ciudadana: MAGNOLIA CONTRERAS, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs. 2.6.....