DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS, de la demanda que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana CARMEN YULEIMA SUÁREZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 12.323.814, domiciliada en la Urbanización Juan Tirado Camejo de la población de San Juan de Payara del Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, asistidos por los Abogados JOSÉ RAFAEL PÁEZ y AGUSTIN JIMENEZ SILVA e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 46.126 y 96.724 respectivamente, contra empresa mercantil SOBEREANA F.M C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, bajo el Nº 10, Tomo 28-A, de fecha 08 de abril de 2003, rep.....