EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Primero: CONDENA al ciudadano acusado JIMÉNEZ MARTINEZ MERCEDES VICENTE, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No. 13.983.291, estado civil soltero, de ocupación u oficio jardinero, hijo de Carlos Duque Jiménez y Olga Rosa Martínez, Como autor responsable en la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma Blanca, previsto y sancionada en el articulo 277 del código Penal venezolano, así mismo por el delito de violencia contra la mujer y la familia articulo 17 con aplicación de lo señalado en el articulo 88 del código penal, a cumplir la pena a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión mas accesoria de ley señalada en el articulo 16 Ejusdem. Segundo: Se mantiene la libertad ambulatoria concedida en fecha 06 marzo del 2.006, por el tribunal de primera instancia en función de control, mediante caución personal Tercero: Se ordena remitir la presente causa.....