ÚNICO: Declara no ha lugar a la pretensión interpuesta el 7-8-2013 por el Abg. JOSÉ GREGORIO RUIZ, Defensor Público 5° de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Apure, Defensor del ciudadano MADISON YANKLEY VILLAZANA RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 26.176.590 y JOEL ENRIQUE ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° 24-539.463, y la pretensión interpuesta en fecha 7-8-2013 por el imputado MADISON YANKLEY VILLAZANA RIVAS, asistido por el Defensor Privado Abg. IVAN LANDAETA, contra la decisión mediante la cual el 31-7-2013-2013, la Jueza Tercera de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. ZUJENNY FERNANDEZ, decretó en perjuicio de los antes mencionados ciudadanos, medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 numerales 1, 2, 3 y 8 de la Ley Sobr.....