Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en San Fernando de Apure, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y en Sede Constitucional Declara INAMISIBLE La Acción de Amparo Constitucional ejercida por la ciudadano YOBANA DESIREE NAVAS DE RAMO, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro V- 15.144.318.-