Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamentado en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo N° 62, ACUERDA:
UNICO: Con lugar la solicitud de permiso para continuar sus estudio en la Universidad Unellez-Apure, específicamente en la Carrera de Derecho para el penado MOTA PEREZ VICTOR ALFONZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.613.362, en consecuencia se considera que el penado bien puede optar al permiso en este particular referido, principalmente cuando el mismo habrá de reflejar la obtención de las calificaciones en el semestre que cursara en la Universidad. Ofíciese al Director del Internado Judicial de San Fernando de Apure. Notifíquese. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION,
ABG. NORKA MIRABAL RANGEL